Exención Apostilla

Documentos europeos sin apostilla: lo que debes saber

En Tradutema recibimos cada semana consultas de clientes que necesitan traducciones juradas de documentos emitidos en países de la Unión Europea. Muchos nos cuentan que, al acudir a una administración española, les exigen la apostilla de La Haya, incluso cuando no es necesaria.

Atención: En muchos casos, esta exigencia se debe al desconocimiento de la normativa europea vigente, no a una obligación real.


📌 ¿Qué es la apostilla?

La apostilla de La Haya es una anotación oficial que certifica la autenticidad de un documento público emitido en un país firmante del Convenio de La Haya de 1961. Su objetivo es que el documento sea reconocido legalmente en otro país firmante del mismo convenio.

🔍 Importante: La apostilla solo se aplica a documentos públicos. Esto se debe a que la apostilla es una certificación emitida por la propia administración pública del país de origen, que verifica que el documento es auténtico y que la firma del funcionario público que lo suscribe es válida.

👉 Si el documento no ha sido firmado por un funcionario público o no proviene de una institución oficial, la administración no puede garantizar su veracidad, y por tanto no tendría sentido legalizarlo con una apostilla. De ahí que los documentos privados no puedan apostillarse.


¿Y si el documento es de otro país de la Unión Europea?

Desde la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2016/1191 el 16 de febrero de 2019, ciertos documentos públicos ya no necesitan apostilla para circular entre Estados miembros de la UE.


✅ Documentos exentos de apostilla en la UE

Estos son los documentos que no requieren apostilla si van de un país de la UE a otro:

📄 Certificados de nacimiento
📄 Certificados de matrimonio y de capacidad legal para contraer matrimonio
📄 Certificados de defunción
📄 Certificados de nombre
📄 Certificados de divorcio, separación o anulación de matrimonio
📄 Certificados de unión registrada y de su cancelación
📄 Certificados de filiación o adopción
📄 Certificados de nacionalidad
📄 Certificados de residencia
📄 Certificados de antecedentes penales
📄 Documentos sobre el derecho al voto o a ser candidato


🟡 ¿Y si no tengo el formulario multilingüe anexo?

El formulario multilingüe estándar previsto por el Reglamento 2016/1191 sirve para evitar la traducción del documento. Pero si no dispones de él —lo cual es frecuente— basta con realizar una traducción jurada al español.

👉 En estos casos, la traducción jurada sustituye al formulario multilingüe y sigue estando exento de apostilla.

Por eso, en Tradutema te ofrecemos directamente:

✅ Traducción jurada al español válida en toda España
✅ Entrega digital y/o en papel con firma y sello oficial
✅ Asesoramiento sobre si realmente necesitas la apostilla


🧷 Pero… ¿Y si el documento es público y no está en la lista del Reglamento 2016/1191?

En ese caso, aunque provenga de un país de la UE, sí necesita apostilla para ser válido en España. Algunos ejemplos:

  • Diplomas universitarios o certificados de notas
  • Sentencias judiciales civiles o penales
  • Escrituras notariales o poderes
  • Certificados de empresa o documentos del registro mercantil
  • Certificados fiscales emitidos por la administración tributaria

👉 Si un documento es público pero no está en la lista del reglamento, se aplica el Convenio de La Haya, y se requiere la apostilla correspondiente.


📄 ¿Y los documentos que no son públicos?

Ejemplos de documentos no públicos:

  • Contratos privados
  • Certificados de academias o centros no oficiales
  • Cartas de recomendación
  • Facturas

➡️ Estos documentos no se pueden apostillar, ya que la apostilla solo se aplica a documentos públicos.

✅ En este caso, si se van a usar ante una administración española, solo necesitas una traducción jurada al español para que tengan validez.


📝 ¿Cómo se obtiene una apostilla y quién debe gestionarla?

  • 🔹 La apostilla debe gestionarla siempre el titular del documento, nunca el traductor jurado.
  • 🔹 Se solicita ante la autoridad competente del país que emitió el documento.
  • 🔹 En muchos países se puede solicitar online o mediante una plataforma oficial.

Ejemplos:

❗ Si tienes dudas sobre dónde y cómo apostillar, en Tradutema te orientamos según el país y tipo de documento.


⚠️ ¿Y si en la administración insisten en pedir la apostilla?

Puedes explicarles lo siguiente:

  • Que el documento proviene de un Estado miembro de la UE.
  • Que el Reglamento (UE) 2016/1191 establece su exención.
  • Que has aportado una traducción jurada oficial.

Y puedes incluso mostrarles el reglamento directamente:
📎 Reglamento completo en EUR-Lex


🧾 En resumen

🔹 Si tu documento procede de otro país de la UE y está en la lista del Reglamento 2016/1191
🔹 Y no dispones del formulario multilingüe anexo
➡️ No necesitas apostilla si aportas una traducción jurada oficial.

🔹 Si tu documento es público pero no está en esa lista, entonces sí necesita apostilla.

🔹 Si tu documento no es público, no puede apostillarse: solo necesitas traducción jurada.

En Tradutema.com te asesoramos en cada caso y te proporcionamos la traducción jurada oficial que necesitas.


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Acuerdo franco-español de doble nacionalidad

Durante la XXVI Cumbre franco-española, celebrada en Montauban el 15 de marzo de 2021, el Presidente de la República y el Presidente del Gobierno español firmaron el tratado de doble nacionalidad franco-española. Este texto permitirá a los nacionales de ambos países adquirir la nacionalidad del otro Estado, siempre que cumplan las condiciones definidas por el Estado en cuestión.

El Convenio entrará en vigor tras los procedimientos de ratificación de España y Francia. Estos procedimientos suelen durar varios meses.

Uno de los objetivos de este texto es resolver determinadas situaciones administrativas complejas relacionadas con la imposibilidad de obtener la doble nacionalidad en España.
Para obtener la nacionalidad del país de acogida «por residencia», es necesario haber residido legalmente y de forma continua en el país durante al menos diez años.

  • Dados sus lazos históricos, los dos países de la comunidad europea tienen ya varios acuerdos binacionales, fiscales o administrativos, para facilitar la instalación y los trámites de sus nacionales en ambos países. Por lo tanto, la doble nacionalidad no aportará ningún interés económico o fiscal particular al solicitante. La solicitud de doble nacionalidad obedece más bien a razones familiares, convicciones o motivaciones ideológicas. Este convenio representa el primer acuerdo sobre doble nacionalidad entre dos países europeos, ofreciendo un «nuevo impulso político a Europa», según los representantes de asuntos exteriores de ambos países.
  • La obtención de la nacionalidad española también confiere cierta seguridad jurídica y una serie de derechos ciudadanos: con la nacionalidad española se puede votar en las elecciones generales o autonómicas para elegir al Presidente del Gobierno y a los presidentes de las comunidades autónomas españolas. Los franceses residentes en España sin nacionalidad española sólo pueden votar en las elecciones municipales de su municipio de residencia.
  • Por último, tener la nacionalidad española da acceso a las oposiciones españolas. Mientras que algunas de estas oposiciones están abiertas a los ciudadanos de otros países de la UE que residen en España, otros puestos de la administración pública (como los de seguridad) sólo están abiertos a los españoles.

Cómo conseguir la doble nacionalidad
Si desea obtener la nacionalidad por residencia, debe presentarla en el Registro Civil de su lugar de residencia. Lo más importante es saber qué documentación debe incluirse con la solicitud para ser completada, porque si falta alguna, la solicitud no será válida.

En primer lugar, deberá descargar y rellenar el formulario que encontrará aquí. https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/inicio

Entonces también tendrá que presentar :

  • NIE (o tarjeta de residencia de extranjero)
  • Pasaporte
  • Certificado de empadronamiento
  • Certificado de nacimiento (traducción jurada)
  • Prueba de empleo en España: contrato de trabajo, nóminas, declaración de la Seguridad Social.

El último paso es realizar pruebas para determinar el nivel de integración en el país. Los aspirantes tendrán que realizar dos exámenes en el Instituto Cervantes para obtener

  • el diploma de español DELE nivel A2 o superior que justifica un dominio básico de la lengua española. El examen se basa en las normas definidas por el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Las personas procedentes de países en los que el español es la lengua oficial están exentas de este examen, sólo tienen que hacer el CCSE.
  • El diploma de Conocimiento Constitucional y Sociocultural de España (CCSE), que justifica un conocimiento mínimo de la historia de España y de su realidad sociocultural. Consiste en una serie de 25 preguntas sobre cultura general, historia o temas sociales. Se requiere un mínimo de 60% de respuestas correctas para aprobar el examen (15 de 25), en un tiempo máximo de 45 minutos. El Instituto Cervantes ha puesto en línea una guía para preparar este examen, así como consejos prácticos.

Si obtuviste el NIE al llegar a España, después de 3 meses de presencia en el país obtuviste la condición de RESIDENTE al obtener el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión. Luego, después de 5 años de residencia obtuviste el mismo Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión de Residente comunitario permanente en España…

Si todavía quieres obtener la nacionalidad por residencia, sólo tienes que esperar 5 años, ¡es el tiempo justo para aprender todo sobre España!

Sólo tienes que demostrar que amas al país que te acogió hace al menos 10 años. Que conozcas el funcionamiento constitucional y sociocultural del país, en definitiva que lo sepas todo sobre la historia de España.