En cuanto recibes tu traducción jurada en PDF, surge siempre la misma duda: ¿puedo imprimirla y presentarla como si fuese la versión original? La sensación es que debería ser válido, pero la normativa española no lo dice de forma tan directa. Hoy en día los traductores jurados pueden firmar electrónicamente sus traducciones con plena validez, pero eso no convierte cualquier impresión en un documento auténtico.
¿Te has quedado en las mismas? Sigue leyendo y te sacamos de dudas; en este artículo te explicamos si es válido imprimir una traducción jurada en PDF y analizamos qué dice (y qué no dice) la normativa española al respecto.
El PDF firmado electrónicamente es un original válido en España
En el marco jurídico español, una traducción jurada firmada con firma electrónica cualificada por un traductor jurado habilitado tiene la misma validez que la versión en papel con sello en tinta y firma manuscrita. Esto queda recogido en varios reglamentos:
- El Reglamento eIDAS.
- La normativa española de firma electrónica y Administración digital.
- La regulación de traducciones juradas (Orden AEC/2125/2014 y la reciente Orden AUC/213/2025, que consolida la certificación electrónica).
¿Significa que el PDF firmado es un original jurídico y puede presentarse tal cual en formato electrónico ante administraciones españolas y organismos que acepten documentos digitales? Así es: una traducción jurada digital con firma electrónica es una traducción perfectamente válida.
¿Y si imprimo el PDF?
Aquí es donde empieza la confusión. Cuando imprimes un PDF firmado electrónicamente:
- La firma no se transfiere al papel.
- El documento impreso ya no contiene los certificados que permiten verificar la firma.
- Por tanto, la impresión no es un original ni una copia auténtica.
¿Qué quiere decir esto? Pues que la impresión directa es solo una reproducción visual del PDF, no un documento verificable.
Cómo imprimir una copia válida: VALIDe y el CSV
En España existe un mecanismo para que un documento electrónico pueda tener una copia en papel con validez: el Código Seguro de Verificación (CSV) u otros sistemas de verificación pública.
Si subes el PDF a VALIDe puedes generar un informe de validación, o una copia imprimible con un código de verificación. Ese documento con CSV sí tiene validez en papel, porque permite comprobar en línea la autenticidad del original electrónico. La diferencia es sencilla:
- Si imprimes el PDF directamente, el documento no es válido como copia auténtica.
- Si imprimes la versión validada/CSV, esta sí es válida y, por tanto, se puede presentar en papel.
Lo que la normativa aún no detalla
Aunque la Orden AUC/213/2025 es bastante clara a la hora de regular la firma electrónica del traductor jurado, todavía no existe un texto legal específico que regule cómo deben tratarse las copias impresas de traducciones juradas electrónicas.
Por eso, cuando el organismo receptor no especifica qué acepta, nuestra recomendación sigue siendo pedir la versión en papel con sello en tinta y firma manuscrita.
Todo esto solo aplica dentro de España
Estas reglas funcionan dentro del sistema jurídico español (y en su red de embajadas y consulados). Pero Estas reglas funcionan dentro del sistema jurídico español, que se extiende a su red de embajadas y consulados. Ahora bien, si la traducción se presenta en otro país, la normativa aplicable sería la del país de destino.
Pongamos un ejemplo de una situación paradójica con la que nos encontramos a menudo: un traductor jurado español puede emitir una traducción del español al inglés, válida según la normativa española, pero:
- Algunos países, como Canadá, Reino Unido o EE. UU. no están obligados a reconocer la figura del traductor jurado español.
- Cada país tiene sus propias reglas: puede exigir la notarización del documento, apostilla, certificación local o incluso rechazar el concepto de “traducción jurada” tal y como se usa en España.
Esta es la razón por la que, desde Tradutema, recomendamos encarecidamente que, si la traducción se va a usar fuera de España, conviene consultar antes con el organismo receptor. Dicho esto, la experiencia nos dice que en ocasiones es realmente complicado entender las instrucciones de las administraciones u organismos que solicitan traducciones juradas.
Conclusión
Navegar el mundo de los trámites administrativos puede ser realmente complicado, y más si además añadimos a la ecuación una traducción jurada. Que si necesito una traducción electrónica, en papel, previamente apostillada o notarizada…
Lo cierto es que en Tradutema puedes solicitar tu traducción jurada tanto en formato digital como en papel, según las necesidades que tengas. ¿Sigues teniendo dudas? Contacta con nosotros y estaremos encantados de asesorarte para que tengas tu traducción jurada tal y como la necesites.